




- En comisiones del Congreso mexiquense se aprobó la supresión de la prisión vitalicia del Código Penal estatal, y se estableció una pena máxima de 70 años de cárcel.
- Integrantes de la Comisión de Procuración y Administración de Justicia reconocieron que esa figura implica la privación perpetua de la libertad sin posibilidad de revisión o reducción de la pena, anula por completo cualquier expectativa de reinserción y convierte la sanción en una medida puramente retributiva.
- Al aprobar la iniciativa de la diputada Sofía Martínez y de la gobernadora Delfina Gómez, coincidieron en que, para la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), la prisión vitalicia contradice la finalidad del sistema penitenciario y es incompatible con el estándar constitucional que exige la existencia de mecanismos que permitan evaluar el progreso de la persona sentenciada y, en su caso, su reincorporación a la sociedad.
En comisiones de la LXII Legislatura mexiquense se aprobó la supresión de la prisión vitalicia del Código Penal estatal, ya que implica la privación perpetua de la libertad sin posibilidad de revisión o reducción de la pena, anula por completo cualquier expectativa de reinserción y convierte la sanción en una medida puramente retributiva.
El dictamen, que conjuntó las iniciativas de la diputada Sofía Martínez Molina (PT) y de la gobernadora Delfina Gómez Álvarez, resalta que lo referido, para la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), contradice la finalidad del sistema penitenciario y es incompatible con el estándar constitucional que exige la existencia de mecanismos que permitan evaluar el progreso de la persona sentenciada y, en su caso, su reincorporación a la sociedad.
Asimismo, con la reforma, se reconocería el principio de proporcionalidad que cumple un rol crucial en la protección de derechos humanos dentro del sistema de justicia penal, evitando penas que pudieran ser vistas como arbitrarias o como violaciones de la dignidad humana.
Durante la reunión de la Comisión de Procuración y Administración de Justicia del Congreso mexiquense, presidida por la diputada Ana Yurixi Leyva Piñón (PT), la parlamentaria Sofía Martínez resaltó que la reforma armoniza la legislación local con los criterios de la SCJN, la cual ha señalado que la figura de prisión vitalicia es incompatible con el principio de proporcionalidad de las penas, ya que elimina toda posibilidad de que la persona pueda reintegrarse a la sociedad.
“Por ello, esta iniciativa no solo atiende un criterio jurídico, sino responde al mandato constitucional de garantizar un sistema penal basado en el respeto y los derechos humanos”, puntualizó la diputada.
Al resaltar las coincidencias de las propuestas, particularmente en la necesidad de ajustar la proporcionalidad de las penas, enfatizó en la importancia de dejar claro que eliminar la prisión vitalicia no debilita la respuesta del Estado ante delitos graves; por el contrario, aseguró, fortalece un sistema más justo y respetuoso de la dignidad humana.
Finalmente, la legisladora reconoció el liderazgo de la gobernadora en la construcción de un sistema penal más justo y acorde a los principios constitucionales.
Cabe señalar que el proyecto modificaría los artículos del Código estatal en donde se establece la prisión vitalicia como castigo mayor para mandatar que la pena máxima sería de 70 años de prisión.
Añade que, en los procesos penales en los que se impuso la pena de prisión vitalicia, por la vía incidental, la autoridad jurisdiccional deberá revisar y adecuar la pena de prisión impuesta conforme al grado de culpabilidad establecido en cada caso concreto y de acuerdo con el parámetro de punibilidad contemplado en el delito de que se trate.
Así como que las erogaciones que se generen con motivo de la entrada en vigor del decreto de la reforma se sujetarán a la disponibilidad de recursos y se cubrirán con cargo al presupuesto aprobado a las dependencias o entidades competentes para el ejercicio fiscal en curso y subsecuentes.
Actualmente, la normatividad señala que son imprescriptibles los delitos que establezcan como pena máxima la prisión vitalicia y aquellos que sean en perjuicio de niñas, niños, adolescentes y mujeres víctimas de violencia de género.
También indica que la pena de prisión vitalicia se aplica al delito de homicidio en los casos en que este sea calificado. Asimismo, procede cuando el homicidio se comete en contra del cónyuge, concubina o concubinario, así como de ascendientes, descendientes consanguíneos en línea recta o hermanos, siempre que la persona inculpada tenga conocimiento del parentesco.
De igual manera, se impone dicha pena cuando exista la participación de dos o más personas, ya sea en un mismo hecho o en distintos. También se contempla cuando el delito se haya cometido con ensañamiento, crueldad o por odio manifiesto, motivado por discriminación, aversión o rechazo hacia la víctima debido a su condición social o económica, religión, origen étnico, raza, discapacidad, orientación sexual o identidad de género.
También en circunstancias como en el delito de violación, cuando participen dos o más personas en el hecho o se cause la muerte de la víctima. Igualmente, en el delito de feminicidio en sus diferentes agravantes, y en el delito de robo si se causa la muerte de la víctima.
Tras indicar que no sólo se trata de una armonización, el congresista Vladimir Hernández Villegas (morena) expresó que la reforma es una corrección legislativa para un acto aprobado en 2019, lo cual permitió a muchas personas infractoras interponer juicios de inconstitucionalidad para evitar sanciones.
El diputado Octavio Martínez Vargas (morena) recordó que nunca han compartido el tema de la prisión vitalicia, ya que la SCJN ha sido muy clara en términos del exceso que ha existido en el Poder Legislativo, y refirió las recomendaciones que se tuvieron sobre la Ley de Justicia Cívica. Asimismo, llamó a tener cuidado en lo que se propone, se discute, se aborda y se aprueba.
En su participación, la parlamentaria Miriam Silva Mata (PVEM) expresó su alegría por la construcción de una normatividad apegada a los criterios de la SCJN, basados en los principios de proporcionalidad y en donde la prisión vitalicia no está enmarcada en los derechos humanos. Además, subrayó que la reforma es un gran paso en el sistema judicial estatal.
Cabe señalar, de acuerdo con las iniciativas, que el 28 de enero de 2025, la SCJN resolvió la Acción de Inconstitucionalidad 78/2019 promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, en la que impugnó la constitucionalidad de la pena de prisión vitalicia establecida en el artículo 242, fracción V, del Código Penal del Estado de México, adicionada mediante Decreto número 48 publicado en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” del 12 de junio de 2019.
En ella, uno de los argumentos centrales en resolución fue el principio de reinserción social, previsto en el artículo 18 constitucional, el cual establece que el sistema penitenciario debe orientarse a la rehabilitación de la persona sentenciada y su posible reintegración a la sociedad.
Añaden que, si bien, la resolución adoptada por el Pleno estableció la invalidez únicamente de la porción normativa “o prisión vitalicia” contenida en el artículo referido del Código Penal estatal, descartando la extensión de efectos a otras disposiciones legales que contemplaban la misma pena, por lo cual se considera justo y necesario derogar esa figura en su totalidad, ya que se comparten las razones de inconstitucionalidad señaladas por la Corte.
Lo anterior, puntualizan, resultando incongruente sostener que es inconstitucional para ciertos delitos y válida para otros, como el homicidio calificado, la violación, el feminicidio y el robo que causa la muerte, pues su incompatibilidad con los principios de reinserción social y proporcionalidad no varía según la conducta sancionada.
Robustecen análisis de reformas en materia de amnistía
Respecto al análisis de las tres iniciativas en materia de amnistía, presentadas, por separado, por el diputado Octavio Martínez Vargas (morena), la legisladora Ana Yurixi Leyva Piñón (PT) y la gobernadora, el parlamentario compartió que se hizo una pausa para robustecer el proceso de dictaminación.
En relación con las protestas de personas en la Plaza de los Mártires de Toluca para exigir el cese de operativos en contra de centros de rehabilitación, luego de que la Fiscalía General de Justicia del Estado de México (FGJEM) informara la clausura de 53 establecimientos, el legislador llamó a esta institución a que sea más responsable y diligente, pues este tipo de decisiones, subrayó, “no se miden adecuadamente”.
Tras expresar su solidaridad con las y los manifestantes que solicitan la regularización de estos servicios, indicó que se ha puesto en libertad a cerca de 3 mil personas que estaban internadas, cuyas familias los están buscando y que están preocupadas porque fueron truncados sus procesos de rehabilitación y que, con toda impunidad, indicó, ninguna fiscalía ahora está atendiendo para reanudar estas tareas. Refirió que se está reeditando la fabricación de delitos cuando se cerraron barberías, en febrero de 2025.