
- La diputada Ana Yurixi Leyva propuso incluir en el glosario de la Ley en Materia de Desaparición Forzada de Personas y Desaparición Cometida por Particulares estatal el término “Padres y Madres Buscadoras”.
- Esto los definiría como todo padre, mujer o grupo de mujeres que buscan a sus familiares desaparecidos en contextos de violencia, ante la posible omisión del Estado, convirtiéndose en defensores y defensoras de derechos humanos.
- De acuerdo con Amnistía Internacional, el 97% de mujeres buscadoras ha enfrentado al menos una forma de violencia, incluidas amenazas, extorsión, acoso, tentativa de secuestro y, en casos extremos, asesinato o desaparición.
Con el fin de reconocer y proteger a familiares que se dedican a la búsqueda de personas desaparecidas, la diputada Ana Yurixi Leyva Piñón (PT) propuso incluir en el glosario de la Ley en Materia de Desaparición Forzada de Personas y Desaparición Cometida por Particulares para el Estado Libre y Soberano de México el término “Padres y Madres Buscadoras”.
La iniciativa de reforma a dicho ordenamiento les define como todo padre, mujer o grupo de mujeres que buscan de manera individual o colectiva a sus familiares desaparecidos en contextos de violencia, ante la posible omisión del Estado, convirtiéndose en defensores y defensoras de derechos humanos.
El documento indica que, desde 1952, más de 128 mil personas han sido reportadas como desaparecidas. La proponente describió esta situación como una crisis que no ha sido abordada con la responsabilidad que demanda. En muchos casos, se han generado vacíos institucionales que han obligado a las familias —principalmente mujeres— a asumir la dolorosa y peligrosa tarea de buscar a sus seres queridos.
Añade que estas mujeres (madres, hermanas, hijas y esposas) salen a rastrear fosas y a recorrer territorios con presencia del crimen organizado, enfrentando amenazas, ataques y estigmatización.
El documento cita datos de Amnistía Internacional, que reporta que el 97 por ciento de mujeres buscadoras ha enfrentado al menos una forma de violencia, incluidas amenazas, extorsión, acoso, tentativa de secuestro y, en casos extremos, asesinato o desaparición. Lo anterior, indica, ha orillado a que se sumen los padres de familia en las acciones de búsqueda, derivado de la falta de atención e indiferencia de las autoridades.
Lo hacen, enfatiza, sin garantías mínimas de seguridad, muchas veces sin apoyo legal ni psicológico, mientras que las autoridades ignoran sus necesidades, incumplen la ley y, en algunos casos, las revictimizan o criminalizan.
Desde tribuna durante la sesión deliberante, la legisladora recordó el caso de Norma Esther Andrade, quien abandonó su trabajo como maestra en Ciudad Juárez, Chihuahua, en búsqueda de justicia por el asesinato de su hija (2001), Lilia Alejandra García Andrade, de 17 años, por lo cual sufrió dos atentados.
Indicó que, por estos hechos, la Corte Interamericana de Derechos Humanos declaró la responsabilidad del Estado mexicano por la falta de prevención de los ataques y amenazas que enfrentó, lo que le impidió ejercer plenamente su derecho a defender los derechos humanos.
También mencionó la lucha de Irinea Buendía Cortés, quien logró un precedente histórico contra la impunidad tras el feminicidio de su hija en el Estado de México, Mariana Lima Buendía, en 2010. Luego de que el caso fuera investigado como suicidio, acreditó la existencia de violencia de género, lo que llevó a que la Suprema Corte de Justicia de la Nación ordenara, en 2015, que toda muerte violenta de mujeres se investigue con perspectiva de género.
Resaltó, además, el activismo de José Luis Castillo Carreón, quien lleva más de 16 años buscando a su hija, Esmeralda Castillo Rincón, quien desapareció el 19 de mayo de 2009 a los 14 años, también en Ciudad Juárez, Chihuahua.
Por lo tanto, la iniciativa considera importante que las autoridades mexicanas reconozcan públicamente el derecho a buscar y que los hombres y mujeres buscadores sean reconocidos por las instituciones de gobierno como defensores y defensoras de derechos humanos.
Asimismo, señala que a las personas que participan en acciones de búsqueda y localización de personas desaparecidas se les debe brindar la protección del Estado para garantizar su seguridad e integridad física, psicológica y emocional durante las labores de búsqueda; que se les brinde acceso a medidas de protección y reparación integral; que se investiguen y sancionen todas las formas de violencia en su contra.
Así como que se adopten políticas públicas con enfoque de género e interseccionalidad que aseguren condiciones dignas para la búsqueda; y que se les brinden apoyos reales en atención médica, psicológica y legal; y las medidas de reparación integral.