
- El diputado Maurilio Hernández (morena) propuso eliminar el requisito de cumplimiento de protección del patrimonio público (conocido como caución) para ocupar la tesorería municipal, ya que existe legislación que lo absorbe.
- Su iniciativa también plantea que el Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México (OSFEM) deje de emitir criterios para que las personas servidoras públicas locales otorguen estas garantías o cauciones.
El diputado Maurilio Hernández González (morena) propusoque ya no sea un requisito para personas tesoreras municipales el garantizar el cumplimiento de sus funciones de protección del patrimonio público (conocida formalmente como caución), pues consideró que esto es obsoleto, toda vez que la legislación nacional y estatal en materia de fiscalización, contabilidad y anticorrupción contempla medidas de supervisión y control.
Con la propuesta de reforma a las leyes Orgánica Municipal y de Fiscalización Superior de la entidad, se plantea derogar el artículo que establece como requisito para las personas tesoreras municipales la obligación de caucionar el manejo de los fondos municipales por un monto equivalente al uno al millar del total de los ingresos propios del municipio, así como de las participaciones en ingresos federales y estatales que le correspondieron en el ejercicio fiscal inmediato anterior.
En sesión deliberante, el parlamentario explicó que, desde 2016, el marco jurídico federal y estatal regula con suficiencia y pertinencia la contabilidad gubernamental, la gestión financiera y la administración de los recursos públicos, mientras que los sistemas anticorrupción realizan tareas de prevención, detección y sanción de faltas administrativas y hechos de corrupción, así como de fiscalización y control de recursos públicos, lo que absorbe este requisito.
Detalló que actualmente el Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México (OSFEM) tiene la facultad de emitir criterios para el otorgamiento de tales garantías o cauciones a las y los servidores públicos locales que administran recursos públicos, incluidas las personas tesoreras.
Por ello, en su iniciativa propone derogar dicha disposición, toda vez que existe normatividad general y específica que regula a las instituciones de seguros y de fianzas, la cual tiene entre sus objetivos establecer los criterios aplicables para la emisión de este tipo de garantías.
Esta facultad, añadió el congresista, constituye una desviación de la misión sustantiva del OSFEM, cuyo papel fundamental es auditar y revisar las cuentas públicas de manera independiente, con el propósito de detectar irregularidades y garantizar el uso adecuado de los recursos públicos.
En contraste, la gestión y el seguimiento de las garantías o cauciones son funciones de carácter administrativo y jurídico que competen a las áreas internas de los gobiernos municipales.