
- La diputada María José Pérez (morena) planteó precisar en la Constitución estatal que el principio de mayoría relativa también se considere en la elección de personas ediles de los ayuntamientos.
- La iniciativa, expuso la legisladora, no cambia ni introduce una regla electoral, sino que solo se precisa, por seguridad y certeza jurídica, un principio constitucional.
Debido a que la Constitución estatal incorpora el principio de paridad de género para la elección de regidurías y sindicaturas municipales solo en la modalidad de representación proporcional, la diputada María José Pérez Domínguez (morena) planteó especificar que se considere el principio de mayoría relativa.
De acuerdo con la iniciativa, las constituciones federal y estatal establecen que los integrantes de los ayuntamientos deben ser elegidos bajo el principio de paridad de género; sin embargo, la Constitución mexiquense hace la distinción mencionada, lo que, según la proponente, genera falta de certeza y seguridad jurídica para quienes sean postulados a regidurías o sindicaturas en cualquiera de los 125 ayuntamientos bajo la modalidad de mayoría relativa.
En su exposición, durante sesión deliberante de la LXII Legislatura mexiquense, la proponente reconoció que en la práctica sí se aplica la paridad de género para la elección de personas regidoras y síndicas en la modalidad de mayoría relativa; no obstante, señaló que, cuando la ley introduce distinciones, se genera un problema de interpretación, pues debe definirse cuál fue la intención al limitarse a incorporar el principio de paridad, de manera expresa, solo para la modalidad de elección de representación proporcional.
En este sentido, añadió, la modificación planteada para fines prácticos solucionaría una anomalía normativa, al eliminar la distinción y la excepción legal referida. Por lo anterior, no se cambia ni introduce una regla electoral, sino que solo se precisa, por seguridad y certeza jurídica, un principio constitucional.
Cabe recordar que, en México, el principio de mayoría relativa se refiere a que, en una elección, gana quien obtiene más votos, mientras que la representación proporcional es el mecanismo por medio del cual se asignan cargos a un partido político conforme al porcentaje de votos que haya logrado en la elección.