INCLUSIÓN LABORAL PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD MENTAL: MARICELA BELTRÁN

  • La diputada Maricela Beltrán (MC) planteó garantizar inclusión laboral y empleos dignos para personas con discapacidad mental, motriz e intelectual, con atención prioritaria a quienes tienen síndrome de Down.
  • La propuesta considera subsidios fiscales del 100 % el primer año y del 50 % el segundo año para empresas que contraten este grupo de personas. 
  • También considera que la administración pública estatal y los ayuntamientos destinen, al menos el uno por ciento de las plazas de nuevo ingreso, a este sector.

Dado que el Estado de México concentra el mayor número de personas con discapacidad, limitación o condición mental en el país —con un total de 2 millones 786 mil 679 personas—, la bancada de MC planteó fortalecer la inclusión laboral de ese sector poblacional, mediante la obligación de la administración pública estatal y municipal de adoptar acciones afirmativas, metas progresivas de contratación y apoyos fiscales para empresas que generen empleos formales.

La iniciativa propone que la administración pública estatal y los ayuntamientos destinen, al menos el uno por ciento de las plazas de nuevo ingreso, a personas con discapacidad mental, motriz e intelectual, con atención prioritaria a quienes tienen síndrome de Down, además de otorgar subsidios fiscales del 100 por ciento durante el primer año a empresas que acrediten al menos seis meses continuos de contratación y del 50 por ciento durante un segundo año cuando la permanencia laboral exceda los 12 meses continuos.

Al detallar la propuesta de la bancada durante sesión deliberante de la LXII Legislatura mexiquense, la diputada Maricela Beltrán Sánchez (MC) enfatizó que históricamente la discapacidad ha sido vista a través de un lente de limitaciones personales, y que el problema no es la condición de la persona, sino las barreras que como sociedad y como Estado se han construido y tolerado.

“La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha sostenido que las acciones afirmativas no son privilegios indebidos, sino instrumentos legítimos para corregir desventajas estructurales. Mostremos ahora que, en el Estado de México, la igualdad sustantiva es un principio rector de nuestras instituciones. Garanticemos que el derecho al trabajo sea por fin una realidad accesible e incluyente”, expresó. 

En este sentido, el proyecto legislativo establece que las dependencias y organismos auxiliares de la administración pública estatal, así como los ayuntamientos y sus organismos descentralizados, deberán adoptar acciones afirmativas para promover la inclusión laboral del grupo poblacional referido en condiciones de igualdad, accesibilidad, dignidad, no discriminación y con los ajustes razonables que correspondan.

Para ello, las autoridades establecerán procedimientos de valoración, reclutamiento, selección e incorporación accesibles, con formatos en lenguaje claro, lectura fácil y mecanismos de comunicación accesible.

También considera diseñar perfiles de puesto y rutas de incorporación compatibles con esquemas de inclusión laboral, atendiendo a las aptitudes de la persona y a la naturaleza de las funciones, además de garantizar apoyos humanos y técnicos, así como procesos de inducción para facilitar el desempeño laboral.

Asimismo, implementar mecanismos de tutoría, acompañamiento o apoyo laboral durante la incorporación, permanencia y desarrollo en el empleo; prevenir y sancionar actos de discriminación en el ingreso, permanencia, capacitación, promoción y desarrollo laboral; y generar y actualizar registros estadísticos sobre vacantes, contrataciones, permanencia y bajas, con estricto respeto a la normatividad en materia de protección de datos personales.

Se plantea que la administración pública estatal y los ayuntamientos observen una meta anual progresiva de inclusión laboral respecto de plazas de nuevo ingreso de carácter administrativo, operativo o de servicios, siempre que sean compatibles con el perfil del puesto y las aptitudes de la persona. 

La meta inicial no podrá ser menor al uno por ciento de las plazas de nuevo ingreso o, cuando el número de vacantes no permita alcanzar dicho porcentaje, al menos una contratación anual, de conformidad con la disponibilidad presupuestal y la planeación administrativa correspondiente.

La propuesta señala que el Instituto Mexiquense para la Discapacidad, en coordinación con las secretarías del Trabajo, y de Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación, emitirá lineamientos para implementar mecanismos de inclusión laboral, ajustes razonables, acompañamiento, vinculación con centros de trabajo, capacitación y seguimiento de la inclusión laboral de personas con discapacidad mental e intelectual.

Añade que la inclusión laboral se realizará sin afectación a derechos laborales adquiridos, atendiendo a la autonomía de la persona, la compatibilidad con el puesto y la obligación de proporcionar los apoyos necesarios para su desempeño.

Por otro lado, formula que los ayuntamientos implementen y evalúen un programa municipal de inclusión laboral del sector poblacional señalado, con metas progresivas de contratación, accesibilidad administrativa, capacitación del personal municipal, ajustes razonables, mecanismos de vinculación con el sector privado y acciones de seguimiento para la permanencia y desarrollo en el empleo. 

Los ayuntamientos comprometerán en sus programas y presupuestos anuales los recursos indispensables para la implementación de estas acciones, conforme a su disponibilidad financiera y a la normatividad aplicable.

Respecto a las personas físicas con actividad empresarial y las personas jurídico-colectivas que contraten al grupo de personas descrito se solicita que acrediten su permanencia laboral por un periodo mínimo de seis meses continuos para tener derecho a un subsidio equivalente al 100 por ciento del Impuesto sobre Erogaciones por Remuneraciones al Trabajo Personal respecto de las remuneraciones efectivamente pagadas durante el primer año de contratación. 

Cuando la permanencia laboral exceda de 12 meses continuos, el subsidio podrá ser equivalente al 50 por ciento del impuesto referido en un segundo año. 

Para acceder al subsidio se deberá acreditar la existencia de relación laboral formal; el alta de la persona trabajadora ante el régimen de seguridad social correspondiente; la constancia o certificado de discapacidad que resulte aplicable conforme a la normatividad vigente. Así como el pago efectivo de las remuneraciones correspondientes, y el cumplimiento de condiciones de trabajo dignas, accesibles y no discriminatorias.  

El proyecto para reformar la Ley para la Inclusión de las Personas con Discapacidad del Estado de México, la Ley Orgánica Municipal del Estado de México y el Código Financiero del Estado de México y Municipios igualmente establece plazos para que autoridades estatales y municipales emitan lineamientos, adecuen su normatividad y operen programas y subsidios en materia de inclusión laboral, además de promover mecanismos de vinculación, capacitación y acompañamiento hacia el empleo, con metas progresivas sujetas a la disponibilidad presupuestaria.

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