ADIÓS AL FUERO PRESIDENCIAL, RATIFICÓ EDOMEX

• La minuta establece que el presidente, durante el tiempo de su encargo, podrá ser juzgado por cualquier delito.

El Congreso del Estado de México aprobó por unanimidad, como integrante del Constituyente Permanente, la minuta que reforma los artículos 108 y 111 de la Constitución Política del país para quitar el fuero al presidente de la República y que pueda ser juzgado por cualquier delito.
La minuta, aprobada en sesión plenaria presidida por la diputada Karina Labastida Sotelo (Morena), establece en su artículo 108 que durante el tiempo de su encargo, el presidente de la República podrá ser imputado y juzgado por traición a la patria, hechos de corrupción, delitos electorales y todos aquellos delitos por los que podría ser enjuiciado cualquier ciudadano o ciudadana.
Mientras que la reforma al artículo 111 establece que para proceder penalmente en contra del presidente de la República, sólo habrá lugar a acusarlo ante la Cámara de Senadores en los términos del artículo 110 de la Constitución. En este supuesto, la Cámara de Senadores resolverá con base en la legislación penal aplicable.
La minuta de decreto, a la que dio lectura la diputada Lilia Urbina Salazar (PRI), vicepresidenta de la Directiva, fue dispensada del trámite de dictamen por ser de urgente y obvia resolución y una vez aprobada fue remitida a la Cámara de Senadores para que se considere el voto aprobatorio.
Cabe señalar que, recientemente, el diputado Maurilio Hernández González, presidente de la Junta de Coordinación Política, expresó el respaldo del Congreso a esta reforma constitucional que fortalece la Cuarta Transformación del país.

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