AUTORIZAN DIRECCIONES DE ATENCIÓN AL CAMPO EN TODOS LOS MUNICIPIOS

  • Serán las dependencias encargadas del desarrollo y comercialización de las actividades agrícolas, pecuarias, acuícolas, forestales y agroindustriales.
  • Se establecen los requisitos que deberá acreditar la persona titular de estas áreas.

Los municipios cuyas características geográficas, territoriales, sociales, culturales, políticas y económicas sean predominantemente del ámbito rural y cuenten con vocación productiva agrícola, pecuaria, acuícola y pesquera y/o agroindustrial podrán contar con una Dirección del Campo o su equivalente, establecen las reformas a la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, aprobadas por unanimidad del Congreso mexiquense.
Asimismo, las reformas impulsadas por las diputadas Claudia Desiree Morales Robledo y María Luisa Mendoza Mondragón, integrante y coordinadora del grupo parlamentario del PVEM, así como Myriam Cárdenas Rojas, de la bancada del PRI, también establecen los requisitos que debe acreditar su titular.
De acuerdo con el dictamen, expuesto por la diputada Claudia Desiree Morales, dichas direcciones o dependencias serán las encargadas de fomentar el desarrollo de las actividades agrícolas, pecuarias, acuícolas, forestales, pesqueras, agroindustriales, y de sanidad, comercialización, infraestructura, así como de la investigación relacionada con dichos temas.
Las reformas establecen que la persona titular de la Dirección del Campo o equivalente deberá contar preferentemente con estudios de Ingeniería en Agronomía a fin de fomentar el desarrollo rural de las actividades agrícolas, pecuarias, acuícolas, forestales, pesqueras, agroindustriales, y de la sanidad por acuerdo del ayuntamiento en coordinación con las autoridades estatales y federales correspondientes, además de la programación y ejecución de asesorías y servicios relacionados.

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