EN PARCIALIDADES PODRÁN PONERSE AL CORRIENTE LOS CONTRIBUYENTES

María de Lourdes Iglesias Chávez, administradora Desconcentrada de Servicios al Contribuyente de México “1” dio a conocer que del primero y hasta el 30 de abril las personas físicas pueden presentar su declaración anual del ejercicio 2023, y para aquellos contribuyentes que como resultado de la presentación de la declaración anual se les determine impuesto a pagar, tienen la opción de hacerlo en seis parcialidades.

En conferencia de prensa agregó que el pago en parcialidades será efectiva siempre y cuando, el contribuyente realice la declaración en tiempo y forma dentro del plazo legal establecido y el primer pago se haga dentro del periodo.

“Se debe tomar en cuenta que las parcialidades se pagan a más tardar el último días del mes al que corresponda; deben utilizar las líneas de captura que genera el sistema al momento de presentar la declaración; los formatos estarán disponibles para su reimpresión en el aplicativo, en la opción “impresión de acuse”; los pagos se realizan en las instituciones de crédito autorizados; existe la opción de pago anticipado; en caso de no cubrir en tiempo y forma las parcialidades, se cobrarán recargas por falta de pago oportuno; la última parcialidad debe cubrirse a más tardar el 30 de septiembre de 2024, incluyendo en su caso, los recargos señalados”, precisó.

Asimismo, mencionó que los contribuyentes que deseen acudir as las oficinas del SAT serán atendidos y el horario de atención se ampliara a partir del 17 al 30 de abril, en un horario de 08:30 a 18:00 horas en todo el país, a fin de apoyar al contribuyente con su declaración anual.

Iglesias Chávez, dijo que no cuentan con el padrón de contribuyentes que están obligados a realizar dicha declaración anual, sin embargo, los primeros dos días de abril se registró a más de un millón de personas físicas que realizaron el trámite y aun faltan mucho más en realizar la declaración.

“Las sanciones para quienes no cumplan con sus obligaciones fiscales son variables, sin embargo, un monto mínimo esta alrededor de los 18 mil pesos y así sucesivamente dependiendo de sus percepciones y lo que debe declarar”, señaló.

Finalmente comentó que hay contribuyentes que también cuentan con saldo a favor, y dicho beneficio se entrega a la persona a través de una cuenta bancaria en un lapso no mayor a los 40 días hábiles, “pero en este mes al realizar las acciones y verificar que cuentan con un saldo a favor, se les esta regresando el mismo en cinco días a más tardar”.

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